MIME-Version: 1.0 Content-Type: multipart/related; boundary="----=_NextPart_01CBDE4D.E458BD20" Este documento es una página Web de un solo archivo, también conocido como archivo de almacenamiento Web. Si está viendo este mensaje, su explorador o editor no admite archivos de almacenamiento Web. Descargue un explorador que admita este tipo de archivos, como Windows® Internet Explorer®. ------=_NextPart_01CBDE4D.E458BD20 Content-Location: file:///C:/32889981/PEI-convivencia.htm Content-Transfer-Encoding: quoted-printable Content-Type: text/html; charset="us-ascii"
REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
Capítulo I. Consideración sobre la adopción del
reglamento
Artículo I. El presente reglament=
o se
instituye con el fin de garantizar las libertades individuales de los miemb=
ros
de la comunidad Instituto para la Ciencia, así como lograr el
cumplimiento de sus deberes y el ejercicio de sus derechos. Entiéndase por derecho toda
prerrogativa individual o colectiva consagrada en
Por otra parte, el presente
reglamento garantizará el respeto mutuo; incentivará la
responsabilidad individual, la tolerancia y la sana convivencia.
Capitulo II. La
identificación institucional.
Los símbolos instituc=
ionales
deben ser portados con decoro por todo el personal del Instituto para la
Ciencia y deben ser el reflejo de los objetivos y metas del colegio Institu=
to
para la Ciencia.
Artículo 2. Los
símbolos.
El personal del colegio Inst=
ituto
para

Escudo:
- El símbolo literal:
El lo=
gotipo es
una combinación de las letras C mayúscula e I minúscul=
a,
en donde
<= span lang=3DES>La bandera:
-El símbolo espectral:
<=
span
lang=3DES style=3D'color:blue'>
Un rayo de luz que
atraviesa la oscuridad de la ignorancia, se transforma en mil colores de vi=
da
después de ser sometido a depuración en el prisma. La luz bla=
nca
es la inteligencia, el prisma representa la orientación que le damos
para que tome diferentes matices, representados por el espectro. Se presentará como un
rectángulo con fondo negro, un prisma central blanco con aristas y u=
na
línea blanca delgada que sale del lado izquierdo del rectángu=
lo y
se pierde en la mitad del lado del prisma.=
En la misma posición, pero en el lado opuesto, inicia un espe=
ctro
lumínico conformado por los colores visibles del arco iris y en su m=
ismo
orden. Iniciará en un =
punto
y crecerá crónicamente hasta alcanzar los ángulos dere=
chos
del rectángulo.
Contendrá la inscripción “Instituto para la
Ciencia”, encima de la línea, y “Manizales”, debaj=
o de
la línea blanca.
Lema institucional:
“Ofrecemos la única educación científica de la ciudad”
Capitulo III. La
presentación personal.
Artículo 3. El uniforme.
Los estudiantes del Institut=
o para
la Ciencia usarán dos uniformes según el caso: diario y de
educación física y su uso será obligatorio en todas las
actividades en que intervenga el Colegio Instituto para la Ciencia y sus
estudiantes.
El uniforme diario. <=
/span>Consta de camibuso blanco co=
n el
logotipo estampado en el lado izquierdo, sobre el pecho; pantalón azul y chaqueta gr=
is con
fondo azul como el pantalón.
La chaqueta llevará impreso el logotipo en la misma
posición que el camibuso; zapatos negros. El uniforme para las ni&ntil=
de;as
consta de blusa blanca manga tres cuartos con borde vinotinto y cintas de a=
marrar;
falda de prenses a cuadros gris y vinotinto según muestra disponible=
en
la institución; chaleco del mismo color de la falda; medias blancas
largas y zapatillas negras.
El uniforme de educación física. Consta de sudadera gris con el log=
otipo
impreso en la misma posición que la chaqueta del uniforme de diario.=
Los
zapatos serán tenis grises. Este es igual para niñas y
niños.
El uniforme diario deber&aac=
ute;
llevarse siempre, excepto el día que esté programada la
asignatura Educación Física, en el cual podrá portarse=
el
uniforme correspondiente.
Artículo 4. Uniforme en los catedráticos.<=
span
lang=3DES-TRAD style=3D'letter-spacing:-.15pt'> El personal catedrático de =
la
institución portará siempre durante la actividad acadé=
mica
un delantal blanco con el logotipo impreso en el lado derecho, sobre el pec=
ho.
Capítulo IV. N=
ormas
especiales sobre el uso del uniforme.
Artículo 5. El uniforme tiene
obligatoriedad de uso dentro de la institución y fuera de ella cuando
existan actividades bajo el control o responsabilidad del colegio o donde se
represente su nombre. El unif=
orme
deberá estar en perfecto estado de limpieza.
Artículo 6. Los uniformes no son
reasignables entre ellos. Esto
significa que no podrán mezclarse prendas de un uniforme en el otro;=
en
este caso se considerará que el estudiante no porta el uniforme y se
aplicará la sanción según se definirá más
adelante.
Capítulo V. Hi=
giene
personal y salud.
Artículo 7. Todo el personal del Colegio Instituto para la Ciencia deberá
observar hábitos higiénicos y de salud según lo indican
las normas de la correcta vida en comunidad.
Artículo 8. Todo el personal del
Colegio Instituto para la Ciencia se presentará en sus instalaciones=
a
cumplir las obligaciones según corresponda bañado, peinado y =
con
buena presentación personal en general.
Artículo 9. Todo integrante del
Colegio Instituto para la Ciencia se abstendrá de actos desagradables
como escupir sobre el piso o los bienes de la institución o de sus
compañeros o sobres sus compañeros. Así mismo evitará
tirar papeles, chicles, resto=
s de
comida en estos mismos lugares.
Artículo 10. Toda persona que forme parte del Colegio Instituto para la Ciencia=
, se
abstendrá de usar dentro de la institución o en actividades b=
ajo
la responsabilidad de esta o donde esté representado su nombre, y ar=
etes
de cualquier tipo y cabello largo si es hombre. Las mujeres evitarán=
el
uso de pearcing.
Artículo 11. Toda persona integra=
nte
del Colegio Instituto para la Ciencia
evitará portar o consumir elementos sicoactivos,
narcóticos, alcohol, tabaco, popers o cualquier otro considerado como
droga; dentro de la institución o en actividades bajo la responsabil=
idad
de esta o donde esté representado su nombre.
Artículo 12. Todo estudiante del
Colegio Instituto para la Ciencia evitará ingerir cualquier tipo de
alimento dentro de la actividad académica.
Artículo 13. Toda persona del Col=
egio
Instituto para la Ciencia evitará agredir física o verbalment=
e a
sus compañeros cualquier que sea su función.
Artículo 14. Toda persona del Colegio Instituto para la Ciencia se abstendr&aac=
ute;
de portar armas de cualquier tipo dentro de la institución o en sus
actividades.
Parágrafo único. Las
herramientas que sirvan exclusivamente para cumplir labores específi=
cas,
están fuera de esta prohibición, tal es el caso de los jardin=
eros
y personal de la cocina.
También lo están las armas que autorizan las leyes como
las de los vigilantes y personal militar o de policía.
Artículo 15. Los estudiantes
deberán presentarse con el uniforme en perfecto estado de limpieza y
pulcritud.
Capitulo VI. Comporta=
miento
entre los miembros del Colegio Instituto para la Ciencia.
Artículo 16. Todos los miembros d=
el
Colegio Instituto para la Ciencia serán respetuosos entre sí,=
sin
importar el rango o nivel dentro de la institución.
Artículo 17. Los estudiantes se dirigirán de manera respetuosa a sus compañeros, profesores, directivos, administrativos y a todo el personal de la institución.<= o:p>
Artículo 18. Los estudiantes y los
demás integrantes del Colegio Instituto para la Ciencia se
abstendrán de usar vocabulario soez o irrespetuoso para con sus
compañeros y demás personal y su uso se sancionará
conforme al presente reglamento.
Artículo 19. Los estudiantes
guardarán la compostura durante la función académica y
evitarán actos que interrumpan o desmejoran el buen desarrollo de la
clase o de la actividad académica en mención.
Artículo 20. Los estudiantes aten=
derán
las órdenes de sus superiores según la jerarquía
institucional.
Parágrafo único.
Debido a que la vida de una institución se base en la
jerarquía de sus poderes y en el reconocimiento de éste por p=
arte
de sus integrantes. La violac=
ión
a esta norma se considerará como falta muy grave.
Artículo 21. Todos los estudiantes
serán tratados con respeto por sus docentes, directivos y demá=
;s
personal del Colegio Instituto para la Ciencia.
Capítulo VII. =
La
normatividad académica.
Artículo 22. Los estudiantes debe=
rán
cumplir la jornada académica según lo estipula el Colegio
Instituto para la Ciencia y no podrán abandonar sus actividades exce=
pto
los casos especiales.
Parágrafo único. Se
consideran casos especiales la solicitud del acudiente, la orden dada por u=
n directivo
o caso fortuito como enfermedad o desastre si el acudiente o tutor aprueba =
el
retiro de su acudido.
Artículo 23. Es responsabilidad de todo estudiante presentar los trabajos
académicos dentro de los plazos dados por sus docentes y con la mayo=
r diligencia
y empeño.
Parágrafo único. Los estudiantes pueden exigir a sus docent=
es
similares responsabilidades en lo que respecta a la preparación de la
clase, su responsabilidad y el empeño puesto en ella.
Artículo 24. Los estudiantes
acudirán a las actividades académicas en el lugar y hora
convenidos en el contrato de matrícula y con el uniforme reglamentar=
io y
los elementos necesarios para el desarrollo eficiente de su actividad.
Artículo 25. Los estudiantes
asistirán a las salidas de campo reglamentarias igual que se asiste a
una clase dentro de la institución.
Parágrafo único. La
falta injustificada a las salidas de campo afectará
académicamente las asignaturas de todos los profesores responsables =
de
la salida, debido que la salida es parte del currículo del Colegio
Instituto para la Ciencia.
Artículo 26. Debido al riesgo pro=
pio de
las prácticas de laboratorio, los estudiantes usarán en estas
actividades vestimenta especial que consiste en una bata de laboratorio de
color blanco y con el logotipo del colegio impreso en el lado derecho, sobr=
e el
pecho.
Artículo 27. De acuerdo con las
directrices de
-El interesado presentar&aacu=
te; una
solicitud escrita indicando el grado y las razones por las que desea valida=
r.
- La institución
analizará la viabilidad y aceptará o no la validación =
y le
comunicará la decisión al interesado dentro de los 10 d&iacut=
e;as
hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
- Si la solicitud es aceptada=
, se
asignará a los docentes de las diferentes asignaturas la
preparación de un cuestionario para la validación, el cual se
entregará al validante para su preparación.
-El validante concertar&aacut=
e; con
la institución las fechas de valoración.
-La evaluación constar=
á
de las siguientes partes:
oUna exposición oral s=
obre la
asignatura.
oUn trabajo escrito debidamen=
te
sustentado.
oUna evaluación escrit=
a.
-La nota definitiva ser&aacut=
e; el
promedio entre las tres actividades anteriores y para aprobar, su
valoración será la establecida en los criterios evaluativos d=
el
Colegio Instituto para la Ciencia, según su sistema de evaluaci&oacu=
te;n.
Artículo 28. El Colegio Instituto=
para
la Ciencia evaluará mediante entrevista a los aspirantes a ser
estudiantes de la institución y se reservará el derecho de
admisión.
Parágrafo. El Colegio Instituto para la Ciencia se res=
erva
el derecho de renovar matrícula académica a estudiantes que h=
ayan
perdido el grado académico o que presenten serias dificultades de
adaptación a la normatividad del manual de convivencia.
Artículo 29.=
span> Cuando se detecten serias dificult=
ades
de aprendizaje en un estudiante matriculado, el Colegio Instituto para la
Ciencia tomará las medidas académicas a que hubiere lugar, en=
las
cuales involucrará al estudiante, a sus docentes y a sus
acudientes. Si a pesar de est=
o el
estudiante no mejora su rendimiento, el Colegio Instituto para la Ciencia
procederá a excluir al estudiante de la institución por cuanto
requiere educación especial, la cual no poseemos.
Capitulo VIII.
Estímulos y sanciones.
Artículo 30. El Colegio Instituto para la Ciencia apoyará toda propuesta
académica de los estudiantes, siempre que esté orientada a su
mejoramiento académico o a su crecimiento personal.
Artículo 31. La mentalidad científica será estimulada
institucionalmente y se alentará a los estudiantes que muestran
inquietud científica, mediante estímulos académicos y
asesoría técnica según las capacidades del personal de=
la
institución.
Artículo 32. La creación literaria se despertará desde el
currículo de la asignatura mediante concursos grupales que
organizará el docente respectivo y que concertará con los
directivos de la institución. La participación tendrá
estímulos académicos.
Artículo 33. Toda actividad académico, científica o de creativida=
d,
desarrollada por los estudiantes de manera extracurricular, será
resaltada por la institución y contribuirá a la valoraci&oacu=
te;n
bimensual de la respectiva asignatura, según porcentajes determinados
por el docente o por el coordinador académico.
Artículo 34. Las faltas al presen=
te
reglamento se clasifican en faltas graves y faltas muy graves. Esto por cua=
nto
la violación al reglamento interno amenaza la estabilidad institucio=
nal,
cualquiera que sea la falta. =
Son
faltas graves las siguientes:
-Llegar tarde al colegio 2 o
más veces durante una semana.
-Portar pearcing o cabello la=
rgo
según el artículo 10 del presente reglamento.
-Faltar injustificadamente a =
la
actividad académica inclusive las salidas de campo.
-Utilizar vocabulario soez
según el artículo 18 del presente reglamento.
-Presentarse sin el respectivo
uniforme, según el artículo 3 del presente reglamento.
-No representar dignamente al=
Colegio
Instituto para la Ciencia cuando deba hacerlo.
-Dañar el buen nombre =
del
Colegio Instituto para la Ciencia.
Son faltas muy graves las siguientes:
-No atender las órdene=
s de
directivos o docentes.
-Agredir física o verb=
almente
a los compañeros, docentes, directivos o cualquier persona de la
institución.
-Portar o consumir drogas,
según el artículo 11 del presente reglamento.
-Destruir deliberadamente los=
bienes
del Colegio Instituto para la Ciencia o de sus compañeros.
-Hurtar bienes de la
institución o de algún integrante del Colegio Instituto para =
la Ciencia.
-Modificar sus resultados val=
orativos
mediante fraude de algún tipo.
Artículo 35. La sanción para las faltas graves se aplicará
según el siguiente procedimiento.
-Amonestación verbal la primera vez que ocurra la falta y designación de un tema para exposi= ción pública. Se registrará la falta en su observador, como prueba de su existencia.<= o:p>
-La segunda vez que ocurra la=
falta
se citará al acudiente y al estudiante y se les expondrá el c=
aso.
Se les notificará sobre la pérdida de la calidad de estudiant=
e del
Colegio Instituto para la Ciencia a partir de la siguiente falta.
Firmarán un compromiso mejoratorio.
-La tercera vez que ocurra la=
falta
se reunirá el consejo directivo para tratar exclusivamente la
exclusión de este o estos estudiantes y se consignará en una
resolución la cual se dará a conocer al acudiente y al estudi=
ante
mediante entrevista con el rector (o rectora).
Parágrafo 1. El anterior procedim=
iento
se aplicará a una misma falta o a cualquier combinación de las
faltas consideradas como graves.
Parágrafo 2. La rectoría p=
uede
reunirse con el estudiante y su acudiente antes de la reunión del
consejo directivo y posteriormente entregar al acudiente la resolució=
;n
de exclusión.
Artículo 36. La sanción pa=
ra las
faltas muy graves será la exclusión inmediata de la
institución sin perjuicio de las acciones penales a que hubiere luga=
r.
Esto por cuanto el estudiante incurso en este tipo de falta representa un
peligro para la sana convivencia de la comunidad del Colegio Instituto para=
-El rector (rectora) citar&aa=
cute; al
acudiente y le comunicará la ocurrencia de la falta y la sanci&oacut=
e;n
que se aplicará.
-Se reunirá el consejo directivo y legalizar&a=
acute;
la exclusión mediante una resolución, de la cual se
entregará copia al acudiente.
Parágrafo único. Si por algún motivo el acudiente no=
se
presenta según la citación de la rectoría, el consejo
directivo puede reunirse y legalizar la exclusión sin necesidad de
cumplir el primer paso.
Artículo 37. Podrán existir
faltas no enumeradas, las cuales se tratarán según sano crite=
rio
del cuerpo directivo o del rector, igual sucederá con faltas no
categorizadas debido a su cotidianidad o levedad.
Capitulo IX. El
personero y los representantes estudiantiles.
Artículo 38. La elección del personero se regirá por las normas y
costumbres que dictan la democracia y las respectivas leyes reglamentarias y
será un acto democrático. Su elección deberá
llevarse a cabo dentro del primer bimestre académico programado por =
la
institución y podrán ser elegibles los estudiantes del grado
undécimo que cumplan los siguientes requisitos:
-Estar debidamente matriculad=
o y a
paz y salvo con la institución por todo concepto en el momento de la=
elección.
-No estar en seguimiento
disciplinario o cumpliendo sanción alguna en el momento de la
elección.
-Mostrar un comportamiento so=
cial que
sirva de ejemplo para sus compañeros y sea digno de imitar.
-Aceptar públicamente =
cumplir
con las responsabilidades propias del cargo.
-Tener buen rendimiento
académico. De lo contrario, el cargo será una amenaza para su
deber como estudiante.
El representante estudiantil
será elegido uno por cada grado académico y para ser elegido =
debe
cumplir los mismos requisitos que el personero.
Son funciones del representa=
nte de
grupo las siguientes:
-Convertirse en víncul=
o de
comunicación entre sus compañeros y el director de grupo.
-Velar por el buen funcionami=
ento del
grupo al cual represente, tanto en el asunto académico como discipli=
nario.
-Será quien presente al
director de grupo los planes de su grado respecto a la realización de
actividades académicas, científicas, culturales, deportivas, o
las que sean del caso.
-El representante estudiantil=
posee
los mismos derechos y deberes de los demás estudiantes, por lo tanto,
igual que ellos será cumplidor de sus deberes de estudiante.
Capitulo X. Uso del
instrumental del Colegio Instituto para la Ciencia.
Artículo 39. El Colegio Instituto para la Ciencia posee aparatos de audiovisual=
es,
de computación y de filmación. También posee elementos=
de
laboratorio y una pequeña biblioteca.
Artículo 40. Todo estudiante tiene
derecho a utilizar los elementos de la institución dentro del uso pa=
ra
el cual fue creado. Su
utilización se hará previa autorización de la
rectoría y puede ser de manera individual o grupal, siempre que exis=
ta
la disponibilidad. Tambi&eacu=
te;n
disfrutará de estos elementos mediante la actividad académica,
según plan de asignatura de los docentes.
Artículo 41. Todo daño ocu=
rrido
en instrumental, equipo o implemento del Colegio Instituto para la Ciencia,
será responsabilidad de la persona o personas a cuyo cargo se
hallaba. Y será esta p=
ersona
o personas, quien (es) hará (n) la respectiva reposición.
Artículo 45. Todo alumno tiene derecho a ser escuchado p=
or sus
superiores, siempre que lo solicite de manera respetuosa.